Pensamos en ti
¿Sabías que las donaciones que se realicen a entidades sin ánimo de lucro son un beneficio que pueden tomar en el impuesto de renta; deben tener en cuenta que estas no son una deducción sino un descuento tributario, lo que quiere decir que, disminuyen directamente el impuesto que se va a pagar.
Para que se puedan utilizar estas donaciones para disminuir el impuesto de renta a pagar, la donación debe realizarse a entidades que se encuentren registradas en el régimen tributario especial, en el cual pueden estar las fundaciones, iglesias, partidos políticos, entre otras; además, estas entidades deben estar constituidas legalmente y estar sometidas a inspección, control y vigilancia de una entidad estatal.
La donación se puede tomar como descuento tributario siempre y cuando apliquen los siguientes límites: del valor donado, se podrá tomar como descuento tributario el 25 %, pero el descuento no debe exceder el 25 % del impuesto a cargo.